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CONSEJO ESCOLAR

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El Consejo Escolar es un órgano de gobierno del centro. Está compuesto por todos los sectores de la comunidad educativa y su constitución es obligatoria en todos los centros gestionados con fondos públicos.  Los padres forman parte del Consejo, junto a profesores, el equipo directivo (Director, Jefe de Estudios y Secretario), un representante del personal no docente del centro y otro del Ayuntamiento, como titular del edificio y encargado de su mantenimiento.

 

 

En el CEIP Gran Capitán los representantes de los padres son cinco. Cuatro de ellos se eligen por votación directa de los padres, en elecciones celebradas cada 2 años. El quinto representante corresponde al representante del AMPA.

 

Las funciones del Consejo Escolar incluyen entre otras (ver LOE, 2006):

 

  1. Aprobar y evaluar la programación general anual (PGA) del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

  2. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

  3. Participar en la selección del director. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo.

  4. Decidir sobre la admisión de alumnos.

  5. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

  6. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

  7. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios.

  8. Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

  9. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

  10. Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

LOS PADRES FORMAN PARTE DE LAS DECISIONES DEL COLE

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